Casados en Filipinas, país sin posibilidad de divorcio

Hace poco nos han consultado un asunto en el que una persona casada en Filipinas, país sin posibilidad de divorcio,  deseaba casarse de nuevo en España. Hoy día es poco frecuente que se planteen consultas relativas a los casos en que la ley de un país no reconoce el divorcio o está prohibido. En la actualidad, de hecho, los únicos países que no lo contemplan son Filipinas y Ciudad del Vaticano, no obstante, a veces pasa, como en este caso. Veamos qué solución podemos dar a estas situaciones desde la perspectiva del derecho internacional privado.

 

 ¿Me puedo divorciar en España si estoy en uno de estos casos? Pensemos, por ejemplo, en una mujer, con residencia habitual en España desde hace más de 6 años, casada en Filipinas, donde no se puede divorciar y que desea contraer matrimonio con una nueva pareja, residente también en España.

En España no podrá contraer matrimonio porque la futura esposa no tiene capacidad matrimonial según su ley nacional (la filipina) ya que pesa sobre ella impedimento de ligamen, es decir, sigue casada en un primer matrimonio. Para recuperar su capacidad matrimonial es necesario eliminar ese impedimento y no hay otra manera que mediante el divorcio.

Llegados a este punto, cualquier persona sabe que el divorcio supone la disolución de los efectos de un matrimonio válidamente celebrado, ya sea en forma civil o religiosa y que, en España, se produce por sentencia judicial, por lo que si en su país no es posible divorciarse, solo le queda comprobar si puede pedirlo en España.

¿Dónde puede presentar la demanda de divorcio? Desde el punto de vista de la competencia judicial internacional, el Reglamento Bruselas II bis (R2001/2003), en su art. 3, otorgaría competencia a los tribunales Españoles: (pinche aqui si desea conocer en qué casos puede divorciarse en España)

  • De mutuo acuerdo, porque es la residencia habitual de la esposa
  • Si es contencioso, también porque es la residencia habitual de la esposa y lleva en España más de 1 año. En este caso sobradamente, porque lleva 6.

Ya sabemos que es posible presentar el divorcio ante los tribunales españoles, pero ¿Qué ley aplicaremos dado que en Filipinas no existe el divorcio? El Reglamento Roma III (R1250/12), recoge la posibilidad de elegir la ley aplicable al divorcio. A falta de elección de ley, se fijan unos puntos de conexión jerarquizados que en el caso que comentamos, obligaría a aplicar la ley filipina por nacionalidad común. Sin embargo, el propio Reglamento Roma III, contempla los casos como este en que la ley aplicable al divorcio no lo contempla. Lo regula en el art. 10 in primis, (cláusula italiana) según el cual, cuando la ley aplicable no contemple el divorcio se aplicará la ley del país correspondiente al tribunal que conoce del asunto, en este caso, la ley española.

Conclusión: Gracias al legislador europeo, esta mujer filipina podrá divorciarse en España, por ser el país donde reside desde hace más de un año, y aplicará a su divorcio ley la ley española, por lo que la mujer filipina podrá divorciarse sin alegar ninguna causa, en el caso de que lleve más de 3 meses casada, como es obvio sucede.

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