El Tribunal Supremo nos da la razón

 

Tulp Abogados gana un recurso de casación interpuesto ante  el Tribunal Supremo en el que se considera probado el derecho extranjero, en este caso, derecho chino. Nuestro Alto Tribunal sienta jurisprudencia sobre el momento de la prueba del  derecho extranjero, dejando claro que puede probarse en cualquier momento, incluido en el propio recurso de casación.

El caso trata de un ciudadano español, con residencia en España, que pidió  dinero prestado a un ciudadano chino, con residencia en China. Se firmó un reconocimiento de deuda, debiendo el ciudadano español devolver el dinero en el plazo de un año. El deudor es de nacionalidad española aunque conserva su nombre chino y tiene residencia en España.ts

Según el derecho chino, el plazo para reclamar este dinero prestado es de dos años, pero como el demandante había enviado un burofax reclamando el pago al demandado antes de los dos años, se interrumpe dicho plazo, pues así lo dice el propio Código Civil Chino.
Ni el Juzgado de Primera Instancia, ni la Audiencia Provincial de Madrid, consideraron probados los artículos del Código Civil Chino en el que se establece esta posibilidad de interrupción de la prescripción, por lo que desestimaron la demanda por entenderlo prescrito.
El caso llegó a Tulp Abogados para interponer recurso de casación, y alegamos que el derecho extranjero puede ser probado en cualquier momento del procedimiento, aportando nueva prueba oficial del derecho chino, estando de acuerdo el Tribunal Supremo, que ha estimado el recurso y por tanto  la demanda y condenado al prestatario a devolver el dinero.

De esto deducimos la enorme importancia que tiene conocer las normar de derecho internacional privado, pues va a hacer depender el triunfo o no de tu asunto.Un buen asesoramiento a tiempo, podría haber evitado llegar al TS.