Es demasiado común: padres que niegan cumplir el régimen de visitas e impiden que haya contacto entre su hijo y el otro progenitor. Normalmente este comportamiento va acompañado con influir en el menor negativamente contra el otro progenitor, causando el síndrome de alienación parental. Esto afecta mucho a los padres implicados, pero igualmente resulta muy perjudicial para el menor. Al menor se le impide un derecho fundamental, que es disfrutar de la compañía de ambos padres y la familia correspondiente.
Ejecución de sentencia
Ante un incumplimiento de la sentencia o los acuerdos de la patria potestad o el régimen de visitas, el padre perjudicado puede acudir al juzgado exigiendo su cumplimiento. Pero no es tan fácil. El progenitor no cumplidor puede seguir negándose, huir, no estar en casa…
En este caso el juez podrá imponer multas. El impago se puede resolver mediante el embargo, pero si la parte contraria no tiene ingresos, o dispone de muchos medios económicos, será inútil.
Como último remedio puede pedir el progenitor perjudicado una modificación de las medidas, pidiendo para si la guarda y custodia y un régimen de visitas limitado para el incumplidor.
Procedimiento penal
El incumplimiento persistente puede dar lugar a un procedimiento penal, ya que es delito, penado incluso con la pena de prisión. El progenitor tiene opción de pedir la intervención de las fuerzas de seguridad para la entrega del menor. Pero evidentemente no es agradable para el menor que sea buscado por la policía. El procedimiento penal debe por tanto ser el último remedio.